DB Geoeconomía - Bruselas diluye las obligaciones de sostenibilidad corporativas
Buenos días.
Podríamos llamarlo "el gran desmantelamiento". La Comisión Europea tiene previsto adoptar en en las próximas semanas el acto delegado que aprobará los nuevos Estándares Europeos de Información de Sostenibilidad (ESRS en sus siglas en inglés), diseñados para sustituir a los vigentes desde el próximo enero de 2027. La consulta pública se cerró el 3 de junio.
El 18 de marzo entró en vigor la Directiva Ómnibus I. Desde entonces, el número de empresas obligadas a reportar sobre sostenibilidad se redujo drásticamente para pasar de unas 50.000 a poco más de 5.000, todas ellas grandes grupos con más de 1.000 empleados y una facturación superior a los 450 millones de euros.
A la vez, la Directiva de Diligencia Debida (CSDDD o CS3D) fue vaciada hasta convertirla en un queso gruyere. Se hizo desaparecer la obligación de adoptar planes de transición climática y sólo se aplica a esas empresas con más de 1.000 empleados y que facturen más de 450 millones de euros.
El ESRS 2.0 que la Comisión Europea adoptará en julio elimina 489 puntos de datos de declaración obligatoria respecto al original, suprime todos los puntos voluntarios y reescribe buena parte de los criterios para exigir información únicamente relevante para los usuarios financieros. Se reducen las obligaciones sobre las empresas a costa de la calidad de la información que reciben los inversores.
Mapa de poder
Quién manda
- La Comisión Europea y la narrativa de la "competitividad". El vicepresidente ejecutivo Valdis Dombrovskis y la presidenta Von der Leyen venden los Ómnibus, muy queridos por el Gobierno alemán, como una respuesta de sentido común al "exceso regulatorio". Liberales, derechas tradicionales y extremas derechas los apoyan sin prácticamente fisuras en el Parlamento Europeo.
- Business Europe y las federaciones empresariales nacionales. El lobby empresarial europeo gana consiguiendo una reducción de alcance que supera sus expectativas iniciales, incluyendo umbrales tan altos para su aplicación que excluyen a la gran mayoría de empresas europeas.
Quién gana
- Las grandes empresas. Incluso las que superan los 1.000 empleados y los 450 millones de euros de facturación. Siguen obligadas a reportar, pero con estándares simplificados, menos datos y criterios más flexibles. Ahorrarán en costes de cumplimiento.
- Las pymes. Quedan eximidas de la obligación directa de reportar bajo el CSRD. La Comisión Europea adoptará, de todas formas, estándares voluntarios para pymes que deseen reportar.
- Las Big Four de consultoría y auditoría. Deloitte, PwC, KPMG y EY llevan dos años construyendo capacidades de aseguramiento de informes de sostenibilidad. Con menos empresas obligadas a reportar, el mercado será menor, pero se concentrará en clientes de mayor tamaño.
Quién pierde
- Los inversores ESG y los gestores de fondos sostenibles. Necesitan datos comparables del mayor universo posible de empresas para construir carteras sostenibles. Con el CSRD reducido a poco más de 5.000 grandes empresas en Europa, la cobertura de datos será más pequeña.
- Las ONG de sostenibilidad y los grupos de defensa de los derechos humanos. El CSDDD recortado elimina el requisito de planes de transición climática y estrecha el alcance de la diligencia debida en cadenas de suministro. Es un retroceso cn la responsabilidad corporativa.
- La credibilidad europea como poder regulatorio. La UE vendió durante años el CSRD y el CSDDD como estándares globales de referencia. Varias jurisdicciones asiáticas y latinoamericanas estaban alineando sus propias regulaciones con el modelo europeo. Ahora Europa envía una señal ambigua.
A quien seguir
- Patrick de Cambourg, presidente del Consejo de Normas de Sostenibilidad del EFRAG. El organismo asesor de la Comisión Europea entregó su informe en diciembre pasado.
- Lara Wolters, eurodiputada socialdemócrata holandesa. Ponente del CSRD en el Parlamento Europeo y voz crítica con los Ómnibus.
Próximas batallas
- El período de escrutinio del Parlamento sobre el ESRS 2.0. Cuando se adopte el acto delegado, el Parlamento Europeo y el Consejo tendrán cuatro meses para revisarlo. El Parlamento lo puede vetar si considera que la Comisión Europea fue demasiado lejos simplificando. No lo esperen.
- Las transposiciones nacionales. Los Estados miembros tienen hasta el 19 de marzo de 2027 para trasponer los cambios en el CSRD al derecho nacional. En el norte de Europa varios países estudian mantener estándares más exigentes.
- La respuesta china. Beijing presentó en mayo de 2026 sus propios estándares aplicables a empresas cotizadas en Shanghai y Shenzhen. Están alineados con los estándares ISSB internacinoales y con énfasis en riesgos climáticos. Puede terminar siendo más exigente que el estándar europeo.
Radar geoeconómico
- El universo de empresas obligadas bajo el CSRD pasa de unas 50.000 a poco más de 5.000.
- El EFRAG entregó su informe técnico sobre los ESRS el 3 de diciembre de 2025 y eliminó 489 puntos de datos de la declaración obligatoria.
- Los nuevos estándares ESRS 2.0 serán obligatorios para los ejercicios fiscales que comiencen el 1 de enero de 2027 o posteriormente.
- El plazo de transposición del CSDDD se extiende hasta el 26 de julio de 2028, con aplicación efectiva desde julio de 2029.
El análisis. La derrota del poder regulador europeo.
El Ómnibus de sostenibilidad no es una historia de simplificación sino de desregulación, de eliminar normas no porque sean negativas sino porque molestan a quienes se les aplican. También es una historia sobre quién manda en Bruselas cuando se ponen en juego intereses económicos de sectores con poder. Y esa historia cuenta que gana el lobby de la patronal. Y por goleada.
El CSRD que se adoptó en 2022 era ambicioso, tal vez demasiado. La coalición que lo impulsó (la primera Comisión Von der Leyen y la coalición liberal-socialdemócrata-verde en el Parlamento Europeo), que además tuvo apoyo de gestores de fondos ESG era sólida en 2021 y 2022, pero ya no existe. Las elecciones europeas de 2024 desplazaron el Parlamento Europeo hacia la derecha y el contexto geoeconómico (guerra en Ucrania, presión arancelaria estadounidense, desaceleración industrial y competencia china) hicieron que la sostenibilidad pasara de ser una prioridad a ser un engorro.
Lo que queda en pie del CSRD y el CSDDD no es inútil. Un marco de reporte estandarizado para los 5.000 mayores grupos empresariales europeos ya es mucho más de lo que había antes de 2022, pero es mucho menos de lo que se pudo conseguir hace un lustro. El primer marco legal fijaba un estándar de divulgación de datos que llegaba a empresas medianas, que caía como un goteo a través de las cadenas de suministros hasta tocar a muchas pymes y que dejaba una huella medioambiental y social en la economía europea que ahora no existirá. Ahora se regula de forma mucho más pragmática para grupos grandes y se simplifican sus obligaciones.
La Unión Europea pierde además con esta reforma su papel como fijadora global del estándard de referencia, como en su momento fue capaz de hacerlo con las NIIF contables. Los estándares de sostenibilidad serán diferentes en Estados Unidos, en China y en Europa. Europa pudo haber liderado ese movimiento, pero prefierió facilitar la vida a los patronos a corto plazo.
El impacto en España
España tiene un perfil particular por el inmenso peso de las pymes en el porcentaje de empresas del país. El 99,8% de las empresas españolas tiene menos de 250 empleados y puede considerarse pyme. Además España tiene un IBEX 35 con mucha presencia internacional en sectores especialmente regulados, como energía, banca e infraestructuras. Reducir el umbral del CSRD a empresas con más de 1.000 empleados y más de 450 millones de facturación prácticamente concentra toda la obligación legal en las grandes cotizadas y en sus filiales.
Para los gigantes empresariales españoles que ya estaban reporteando sobre sostenibilidad (Iberdrola, Endesa, Santander, BBVA, Ferrovial, ACS, Naturgy...) esta reforma cambia poco en la práctica. Más allá de las obligaciones legales, estas empresas seguirán publicando memorias sobre sostenibilidad con profusión de datos porque así se lo exigen inversores institucionales y analistas ESG.
El impacto mayor está en el grupo de pymes medianas y exportadoras que quedaban dentro del radar del CSRD y que ahora estarán fuera. Empresas con entre 250 y 999 empleados. No tendrán obligación legal de reportear, aunque seguirán recibiendo peticiones de información de grupos mayores para sus propios informes.
El Gobierno debe además tomar una decisión antes del 19 de marzo de 2027, cuando acaba el plazo para la transposición. Madrid debe decidir transponer mínimamente, ajustando a los nuevos umbrales de tamaño de las empresas, o mantener requisitos más exigentes, como harán algunos países del norte del continente, sobre todo en el caso de las grandes cotizadas.
Lecturas
- Directiva Ómnibus I publicada en el Diario Oficial de la UE (Gibson Dunn, feb. 2026)
- ESRS 2.0 publicado para consulta pública: qué cambia (Global Policy Watch, may. 2026)
- Estándares ESRS revisados y voluntarios publicados para consulta (Linklaters, may. 2026)
- Estado de situación del proceso Ómnibus: la conclusión (Latham & Watkins, abr. 2026)
- CSDDD y CSRD publicados en el Diario Oficial: transposición y actos delegados (Global Policy Watch, feb. 2026)
- Simplified, not abandoned: EU Corporate Sustainability after Omnibus I (White & Case, 2026)
- Qué necesitan saber los consejeros sobre el CSRD post-Ómnibus I (Commonwealth Climate Law, mar. 2026)

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